Boletín jurídico IE Law School Executive Education 7 de noviembre de 2008   
Querido/a amigo/a:
Nos complace mandarte en formato digital el boletín jurídico de IE Law School Executive Education con información jurídica, noticias del mundo del derecho y artículos de la actualidad jurídica.
01/
programas
   
Te adelantamos los programas que se desarrollarán en los meses de Noviembre y Diciembre:

Aula sobre el Sector de las Telecomunicaciones

Negociación en el Ámbito Laboral

Talleres de Técnica Procesal

Consecuencias penales de la insolvencia económica


Acquisition Finance

 
02/
opinión
 


La crisis inmobiliaria en España: causas, efectos, remedios por Gaspar Ariño

1.La vivienda, bien esencial

Es un elemento esencial para el asentamiento en la vida y por eso todos aspiramos a ella en un cierto momento. Como aspiración humana natural, la Constitución así lo reconoce: artículo 47 CE (“todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna…”). Todos los hombres (y mujeres) se sienten inclinados a conseguir esa base, asumiendo obligaciones y riesgos. Para muchos será la mayor inversión de su vida, durante muchos años. Por ello, en años de bonanza, de intereses moderados, de creación de empleo y de crecimiento económico en el que todos participan, la mayoría de los hombres y mujeres se plantean ese objetivo esencial para sus vidas.
A este fin sirven también las instituciones financieras (Bancos, Cajas de Ahorros, Sociedades de Financiación Hipotecaria) que encuentran en este campo una fuente de negocio seguro y bastante garantizado. Lo último que dejará de pagar una persona será la hipoteca de su casa, salvo situaciones muy excepcionales

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03/
novedades legislativas
 


Información facilitada por El Derecho Grupo Editorial

Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y Regulación de la Participación Institucional
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Orden TIN/3151/2008, de 30 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2008 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón
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Resolución de 20 de octubre de 2008, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales custodiadas por el Archivo General del departamento
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Orden TIN/3130/2008, de 30 de octubre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Trabajo e Inmigración
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Real Decreto 1665/2008, de 17 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos, aprobado por Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo
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Resolución de 24 de octubre de 2008, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se aprueban los precios públicos de aplicación a la prestación de servicios de reproducción de documentos por el Tribunal de Cuentas
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Resolución de 31 de octubre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispone la publicación de los Acuerdos adoptados por el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros, el 27 de octubre de 2008, sobre composición de la Comisión Ejecutiva y las directrices de inversión del Fondo
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04/
actualidad jurídica
   

Conferencia internacional sobre los derechos de la propiedad intelectual en le entorno digital
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, tras la experiencia positiva del año pasado, celebrará en Madrid la Conferencia Internacional sobre Propiedad Intelectual en el Entorno Digital los próximos días 25 y 26 de noviembre de 2008, dentro del Segundo Foro Internacional de los Contenidos Digitales, que se celebrará los días 25 al 27 de noviembre.
En esta Conferencia se van a abordar los retos que se plantean actualmente en el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. Estos retos deben ser analizados en profundidad, promoviendo el diálogo entre las principales entidades interesadas, para conseguir una convergencia entre el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual, el derecho a la privacidad y el desarrollo tecnológico.
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Obama gana las elecciones en EE UU
Se cumplieron todos los pronósticos... y se hizo historia. Siglo y medio después de la abolición de la esclavitud, Barack Obama, de 47 años, se ha convertido en el primer presidente negro de los Estados Unidos, al vencer al republicano John McCain, según todas las proyecciones de las principales cadenas de televisión estadounidenses.
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Justicia informará al Consejo del Secretariado sobre el proyecto de Ley para implantar la oficina judicial
El Ministerio de Justicia informa hoy al Consejo del Secretariado sobre el anteproyecto de ley para la implantación de la oficina judicial y del Real Decreto por el que se regula el sistema de registros administrativos de apoyo a la actividad judicial del Departamento que dirige Mariano Fernández Bermejo, informaron fuentes ministeriales.
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El Poder Judicial someterá a una entrevista a los nuevos magistrados
Ya se han acabado los nombramientos de altos cargos judiciales basados exclusivamente en currículos impresos. Los nuevos vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han consensuado un reglamento interno que les faculta para entrevistar a los candidatos (una especie de examen personal) que opten a ser magistrados del Tribunal Supremo, tribunales superiores o audiencias provinciales.
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05/
jurisprudencia
   

Información facilitada por El Derecho Grupo Editorial

Sentencia Del Tribunal Supremo Sala 1ª, 9 de septiembre de 2008
El TS estima el presente recurso de casación dirigido contra la sentencia que, revocando la de instancia, acordó la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria instada por el arrendatario retrayente, condenando al demandado a la devolución y entrega de la finca en las mismas condiciones recibidas. La cuestión litigiosa gira en torno a la interpretación y alcance que deba atribuirse a lo dispuesto en el art. 37 LH. Señala la Sala que puesto que en el proceso de retracto se llegó a una solución por las partes, el retracto no se impuso sino que resulta del convenio celebrado, lo que priva al mismo de su carácter legal o forzoso, sin que se haya llegado a constatar por el tribunal que la acción se haya ejercitado oportunamente y que la misma viniera referida a “los casos y términos que las leyes establecen”, como exige el citado art. 37,3 LH, a lo que ha de unirse el hecho del conocimiento por el retrayente de la ejecución de carácter hipotecario que se seguía sobre el bien.

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Sentencia del Tribunal Supremo Sala 1ª, 8 de mayo de 2008
Desestima la Sala del TS el recurso deducido por los comitentes contra la sentencia que estimó el recurso deducido por el constructor y les condenó a abonar el importe de las obras de mejora efectuadas y no presupuestadas. Reclama la parte actora, ahora recurrente, una indemnización de daños y perjuicios por presuntos defectos constructivos con olvido de que la reclamación fue objeto de una transacción, no estimando la Sala que los nuevos defectos sean distintos de los recogidos en dicho acuerdo. En cuanto a la existencia de vicios ruinógenos, no se puede admitir toda vez que, de existir, procederían de las obras acometidas con ocasión del dicho acuerdo, esto es, no serían obras de construcción sino de mejora. Y en cuanto a la pretensión del demandado reconviniente, debe prosperar habida cuenta de que se han acreditado las mejoras efectuadas al margen de lo pactado, sin que puedan triunfar las alegaciones del actor pues pretende una nueva revisión de los hechos.

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Sentencia del Tribunal Supremo Sala 1ª, 30 de junio de 2008

Desestima la Sala del TS el recurso deducido por el ingeniero contra la sentencia que le condenó, junto con otros profesionales y la promotora, a indemnizar a los propietarios de los predios colindantes los daños y perjuicios ocasionados con las obras llevadas a cabo. El primer motivo del recurso se rechaza por deficiencia de técnica casacional al no indicar en el recurso el precepto infringido. El segundo motivo se rechaza porque el recurrente pretende una nueva valoración probatoria, algo vedado en casación. El tercer motivo, relativo a la falta de litisconsorcio pasivo necesario, se rechaza al coincidir la Sala con las instancias precedentes en que de tener algún efecto la sentencia sobre terceros sería un efecto reflejo y nunca directo, por lo que no se produce el vicio alegado. El último motivo, relativo a la exoneración de toda culpa, se rechaza al quedar meridianamente acreditado que las obras acometidas son la causa de los daños alegados por los actores.

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