Boletín jurídico IE Law School Executive Education  8 de Mayo de 2009  

Querido/a amigo/a:

Nos complace mandarte en formato digital el boletín jurídico de IE Law School Executive Education con información jurídica, noticias del mundo del derecho y artículos de la actualidad jurídica.

01/
programas
   

Derecho del Entretenimiento

Financiación y Refinanciación de Proyectos Inmobiliarios

Aulas sobre Derecho Concursal

Aulas sobre Defensa de la Competencia

SOS: SoluciOneS legales y reales para la situación económica actual

Drafting and Interpreting International Contracts

La empresa familiar ante la crisis: soluciones jurídicas y fiscales

Expedientes de Regulación de Empleo

Aulas sobre Mercado de Valores


02/
opinión
 

Negociando con los EE.UU. por Luis Leis
Los españoles queremos renegociar con los Estados Unidos de América el Convenio para evitar la doble imposición. Para ser exactos, no todos los españoles. Yo, al menos, me he enterado esta semana y todavía no he decidido mi postura. Los españoles somos unos "quijotes", tenemos una irrefrenable tendencia a sentirnos protagonistas. Yo creo que la Administración Bush no llegó a enterarse del pulso que mantenía con nuestro Gobierno y que la de Obama tampoco es muy consciente del cambio radical que se ha producido en nuestras relaciones.
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03/
novedades legislativas
   

Resolución de 21 de abril de 2009, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicho ente.
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Resolución IRP/911/2009, de 18 de marzo, por la que se establecen medidas de regulación de la circulación y del transporte de mercancías por la carretera C-37.
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Orden INT/1088/2009, de 16 de abril, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.
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Resolución de 21 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la realización de la evaluación de diagnóstico de las competencias básicas en educación primaria y en educación secundaria obligatoria para el curso 2008-2009.
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Resolución de 6 de abril de 2009, conjunta de la Dirección General de Emigración y del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 25 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior que se desplacen temporalmente al territorio nacional.
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Real Decreto 715/2009, de 24 de abril, por el que se deroga el Real Decreto 65/1994, de 21 de enero, relativo a las exigencias de seguridad de los aparatos eléctricos utilizados en medicina y veterinaria.
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Resolución de 20 de abril de 2009, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional.
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Resolución de 21 de abril de 2009, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
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Información facilitada por El Derecho Grupo Editorial
 
04/
actualidad jurídica
   

Ser incluido por error en el registro de morosos atenta contra el honor de las personas
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto que la inclusión en un registro de morosos por error supone una intromisión ilegítima del derecho al honor, por lo que las empresas no podrán incluir a un cliente en ese tipo de registros sin verificar previamente el impago.
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Aguirre rectifica y adapta la ley de cajas madrileñas a la norma estatal
Nuevo capítulo en el conflicto de Caja Madrid con la presidenta del Gobierno regional, Esperanza Aguirre. La Comunidad de Madrid rectificó ayer su Ley de Cajas para adaptarla a la Lorca e intentar así invalidar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central. El anteproyecto elimina el límite de representación del Ayuntamiento de Madrid en la asamblea de la caja.
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El Consejo de Ministros aprobará mañana los nuevos criterios de financiación de la Ley de Dependencia
El Gobierno tiene previsto aprobar durante la reunión del Consejo de Ministros de mañana, viernes, los nuevos criterios de financiación de para este año de la Ley de Dependencia, según informaron a Europa Press fuentes de Moncloa.
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Solchaga aboga por una reforma laboral, con un contrato que rompa la dualidad indefinido-temporal
El ex ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga, consideró hoy conveniente propiciar una reforma laboral que incluya un nuevo modelo de contrato de trabajo "que rompa con la dualidad indefinido-temporal", sin alterar los derechos ya adquiridos, así como un sistema en el que tengan mayor peso de decisión empresarios y sindicatos para negociar los convenios colectivos, y complementar la labor del INEM, abriendo el mercado de la oferta y demanda de puestos de trabajo a empresas especializadas en ello, para ayudar a quienes lo necesitan a encontrar un nuevo empleo.
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URÍA MENÉNDEZ firma un acuerdo de colaboración con la Cámara China de Comercio Internacional
Uría Menéndez firmó el pasado 14 de abril un acuerdo de colaboración con la "China Council for the Promotion of International Trade" (CCPIT), también conocida como "China Chamber of International Commerce". El acuerdo tiene como objetivo formalizar el marco de cooperación que Uría Menéndez mantiene con la institución que aglutina la gran mayoría de las empresas chinas con intereses en el extranjero y que se responsabiliza de promover el comercio y la inversión exterior del país.
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05/
jurisprudencia
   

Tribunal Supremo Sala 1ª, S 12-2-2009, nº 110/2009, rec. 18/2004. Pte: Seijas Quintana, José Antonio
El TS desestima el rec. extraordinario por infracción procesal y estima en parte el de casación interpuesto por los condenados a pagar al actor una indemnización por la secuelas derivadas de las operaciones médicas de cirugía estética de la nariz, anulando el TS el pronunciamiento de la sentencia impugnada relativo al pago de los intereses legales desde la fecha en que fue cuantificado el perjuicio por la AP, pronunciamiento que la Sala deja sin efecto, manteniendo el relativo a la imposición de los intereses desde la fecha de la interpelación judicial
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Tribunal Supremo Sala 2ª, S 28-11-2008, nº 781/2008, rec. 114/2008. Pte: Andrés Ibáñez, Perfecto
Desestimando los recursos de casación interpuestos por los acusados, la Sala acoge el formulado por el otro imputado, todos contra sentencia dictada en causa seguida a los mismos por por delito de expendición y tenencia de moneda falsa. El TS dicta segunda sentencia por la que absuelve al recurrente del delito de expendición de moneda falsa, pues lo cierto es que en su contra sólo concurriría un elemento de cargo dotado de suficiente claridad, como es la afirmación inculpatoria del imputado, que carece de confirmación en cualquier otro posible dato que no procediera del círculo de los implicados en la causa; y tampoco la policía halló en su poder ningún billete falso ni hay constancia de que hubiera dispuesto de ellos y, menos aún, de que hubiese tratado de introducirlos en el mercado.
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Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 4ª, S 18-2-2009, rec. 4146/2006. Pte: Martínez-Vares García, Santiago
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la comunidad de propietarios frente a la STSJ de Aragón que confirmó el acuerdo del Ayuntamiento de La Puebla de Castro, por el que se elevó a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de la Corporación para el ejercicio de 2002. La Sala desestima el primer motivo sobre infracción del art. 14 CE, en el que alega un trato desigual en cuanto a la prestación de los servicios públicos obligatorios que el ayuntamiento debe prestar a sus vecinos, pues la comunidad de propietarios al incumplir los compromisos asumidos con el ayuntamiento, no puede exigir que éste proceda al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas en el documento de compromiso. Respecto del cambio de clasificación del suelo en el que se asienta la urbanización privada, señala la Sala que ese cambio producirá sobre el ámbito afectado las consecuencias que de esa situación deriven, y que consisten en la creación de las tres unidades de ejecución a desarrollar mediante el sistema de cooperación con el aditamento también recogido en el planeamiento de un plan especial de infraestructuras.
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Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 2ª, S 27-1-2009, rec. 5777/2006. Pte: Frias Ponce, Emilio
El TS no ha lugar al recurso de casación planteado contra la sentencia de la AN que declaró inadmisible el recurso contencioso relativo a la resolución del TEAC dictada en un asunto referente al IVA. La Sala establece que la Ley 1/1998 ni ha afectado ni ha venido a derogar, como pretende la parte recurrente, el art. 48 RD 391/1996, y, en lógica consecuencia, deben entenderse bien practicadas las notificaciones que se realicen en el domicilio designado por el reclamante, sin que surtan efectos en el ámbito de la reclamación económica administrativa notificaciones distintas a las realizadas expresamente al órgano encargado de resolverlas y en relación con el expediente de reclamación en concreto.
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Tribunal Supremo Sala 4ª, S 23-1-2009, rec. 3758/2007. Pte: Sampedro Corral, Mariano
Estima el TS el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa demandante contra sentencia que la declaró responsable del pago indebido de la prestación por IT a la trabajadora y, por tanto, con obligación de reintegrar lo abonado. Según la Sala, el abono de prestaciones económicas por IT es una obligación que vincula a la entidad gestora, de una parte, y al beneficiario, de otra, pero al empresario la ley no le impone otra obligación que la de anticipar el pago por cuenta de la entidad gestora una vez que ha recibido el reglamentario parte médico de baja y los de confirmación. No le incumbe, en caso de que el trabajador no reúna los requisitos necesarios y a pesar de ello perciba prestaciones, reclamar el reintegro de las mismas, pues es competencia de la entidad gestora, así pues tampoco debe reintegrar lo percibido por otro. Por ello, en el caso de autos, si bien la empresa cursó el alta en la SS cuando la baja por IT era de fecha anterior y, por tanto, conocía que en ese momento la trabajadora no cumplía los requisitos para recibir la menciona prestación no debe reintegrar la cuantía anticipada por este concepto.
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Tribunal Supremo Sala 4ª, S 16-12-2008, rec. 8/2007. Pte: Souto Prieto, Jesús
El TS estima el recurso de revisión interpuesto por la empresa demandada y condenada por sentencia firme a la cantidad reclamada por el trabajador. La Sala señala que concurre la causa de revisión postulada al amparo de lo previsto en el art. 510,4 LEC, en cuanto se afirma por la parte demandante que la referida sentencia se obtuvo por medio de maquinaciones fraudulentas que le impidieron comparecer al juicio oral, el cual tuvo lugar, por tanto, sin su presencia; el actor reunía las dos condiciones de trabajador y de socio de la empresa a efectos internos de la misma, conociendo perfectamente no sólo el domicilio de la empresa sino también el domicilio particular de la socia y administradora y, constándole que en el momento de la citación la tienda estaba cerrada y que tal citación iba a resultar fallida, no facilitó otro domicilio que permitiese a ésta conocer la reclamación de cantidad que planteaba y ello aún conociendo el actor el domicilio particular de la misma, por lo que éste trató de conseguir así una sentencia condenatoria obtenida mediante una actuación fraudulenta que colocó a la empresa demandada en situación de absoluta indefensión.
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Tribunal Constitucional Sala 2ª, S 9-2-2009, nº 34/2009, rec. 5828/2005. Pte: Conde Martín de Hijas, Vicente
El TC desestima el recurso promovido contra sentencia que, en grado de apelación, condenó al recurrente por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Rechaza la Sala las supuestas lesiones a los derechos a ser informado de la acusación, a un proceso con todas las garantías, a la presunción de inocencia y a la legalidad penal. Entre otras consideraciones, afirma que el órgano de apelación no procedió a una nueva valoración de la prueba sino que realizó una valoración de los hechos declarados probados sin alterarlos entendiendo que éstos eran constitutivos de delito de acoso sexual y de coacciones, afirmando que, por el contrario a lo señalado en la instancia, sí eran lesivos del derecho a la intimidad pues el acusado, sin consentimiento de la perjudicada, accedió a su agenda personal y en base a los datos que en ella obraban, a su correo electrónico, obteniendo datos personales de ella y de su entorno.
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Tribunal Constitucional Sala 2ª, S 23-2-2009, nº 46/2009, rec. 3674/2005. Pte: Sala Sánchez, Pascual
El recurrente impugna la sentencia de apelación que le condenó por delitos contra la hacienda pública. El TC estima el recurso entendiendo lesionado su derecho a un proceso con todas las garantías al entender que la sentencia impugnada, con modificación del relato fáctico y sin celebrar vista, condenó al recurrente por sendos delitos fiscales al declarar probado que actuó con ánimo de defraudar a la hacienda, sirviéndose para ello de una nueva valoración de pruebas personales que no había presenciado y con infracción, por tanto, de los principios de inmediación y contradicción.
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Información facilitada por El Derecho Grupo Editorial
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