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Boletín jurídico IE Law School Executive Education
21 de mayo del 2010
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Nos complace mandarte en formato digital el boletín jurídico de
IE Law School Executive Education con información jurídica,
noticias del mundo del derecho y artículos de la actualidad
jurídica. |
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¿Quién pagará de verdad la subida del IVA? por D. Juan Carlos Olarra
El gobierno, al hilo de su obligación de afrontar decididamente la hercúlea tarea de recortar el déficit público, nos anunció una subida del Impuesto sobre el Valor Añadido, pero acompaña dicha medida con sus previsiones que estiman que el impacto de la misma en términos de consumo no será significativo, porque han calculado que la mitad del incremento impositivo será absorbido por los empresarios a través de un recorte de los precios de los productos y servicios, amortiguando así el efecto final en los consumidores. Más allá de lo sorprendente que nos pueda resultar la precisa predicción, en dicha exposición de los hechos subyace una falacia o un despropósito.
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03/ |
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novedades legislativas |
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Resolución de 18 de mayo de 2010, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria.
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Resolución de 5 de mayo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores.
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Orden SAS/1221/2010, de 30 de abril, por la se amplía la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Política Social.
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Resolución de 14 de abril de 2010, de la Biblioteca Nacional de España, por la que se crea la Sede Electrónica de la Biblioteca Nacional de España.
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Resolución de 6 de mayo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.
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Orden IGD/1210/2010, de 29 de abril, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2010.
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Real Decreto 490/2010, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
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Sentencia de 10 de diciembre de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el artículo 233.2 del Reglamento del Impuesto de Sociedades, aprobado por Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, en la parte que indica "siempre que éstos sean residentes en España".
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Información
facilitada por El Derecho Grupo Editorial
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El Tribunal Supremo desestima por prescripción el recurso de un enfermo contra una tabaquera
(EFE).- La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la demanda de un fumador enfermo contra una tabaquera por presentarla una vez prescrito el plazo de un año que prevé el Código Civil para las acciones de responsabilidad extracontractual, ya que aquélla no era vendedora directa.
En una resolución conocida hoy, el TS desestima un recurso de casación del demandante contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.
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El Gobierno apuesta por un foro consultivo de fiscales generales en la UE
Madrid.-La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño y el fiscal general del Estado, Cándido Conde Pumpido, han apostado por la creación de un nuevo foro consultivo de fiscales generales y directores de Acción Pública en la Unión Europea.
Anunciaron esta propuesta durante la inauguración de las reuniones de fiscales generales y directores de acción pública, celebrada en la sede de la Fiscalía General del Estado. De la Vega manifestó que la creación del nuevo foro, con motivo de al presidencia española de la Unión Europea, será "esencial" para señalar "nuevas líneas de actuación ante nuevas y viejas amenazas" a la seguridad.
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El juicio del caso "Malaya" tendrá 95 acusados y empezará el 27 de septiembre
(EFE).- El juicio contra la mayor trama de corrupción en un ayuntamiento -Marbella- conocida en la historia de España, el caso "Malaya", tendrá 95 acusados y empezará en la Audiencia Provincial de Málaga el próximo 27 de septiembre.
El tribunal que juzgará el procedimiento ha acordado citar a las partes a las 10:00 horas del 27 de septiembre para el inicio de las sesiones del juicio oral, que empezarán con el examen de las posibles cuestiones previas, según un auto al que ha tenido acceso Efe.
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La Audiencia Provincial de Guipuzcoa falla que la víctima de un accidente no es corresponsable de su muerte por no llevar el cinturón de seguridad puesto
(EFE).- Una sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa establece que una mujer que murió en un accidente de tráfico no es corresponsable de su fallecimiento por viajar sin cinturón de seguridad, como pretendía el conductor novel que causó el siniestro al circular a más velocidad de la permitida.
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La Unión Europea llega a un acuerdo para reformar el control de los fondos especulativos (hedge funds)
(EFE).- Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea llegaron hoy a un principio de acuerdo sobre la directiva encaminada a reforzar el control sobre los gestores de fondos de inversión, especialmente los más especulativos (hedge funds), pese a las reservas de la Comisión Europea y el Reino Unido.
La ministra de Economía y Hacienda española, Elena Salgado, que preside hoy la reunión del Ecofin, se felicitó por el compromiso alcanzado, que otorga un mandato a la presidencia española de turno para comenzar a negociar ya la directiva (ley-marco) con el Parlamento, con objeto de que sea votada y aprobada en el hemiciclo en julio próximo.
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Los abogados británicos denuncian que existe una falta de garantía ante la compraventa de inmuebles en España
(EFE).- El presidente saliente de la Law Society de Inglaterra y Gales y miembro del Consejo de esta firma, Paul Marsch, ha denunciado hoy la falta de garantía que los ciudadanos británicos y españoles tienen en relación a la compraventa de inmuebles, en caso de quiebra del promotor de los mismos.
Asimismo, ha explicado a Efe que este problema legal -común tanto en España como en Inglaterra- supone, en la mayoría de los casos, que, si los empresarios de la construcción presentan dificultades económicas que les obligan a quebrar, el cliente pierde el depósito que inicialmente ha debido desembolsar para adquirir el inmueble.
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Las solicitudes de justicia gratuita aumentan entre un 20-30% por la crisis
(EFE).- La crisis económica ha provocado un aumento de entre un 20-30 por ciento en las solicitudes de asistencia letrada gratuita durante los últimos dos años, ha explicado hoy el decano del Colegio de Abogados de Salamanca y presidente de la Comisión de Justicia Gratuita del Consejo General de la Abogacía de España (CGAE), Luis Nieto.
El mayor uso del denominado turno de oficio se debe a un "aumento del número de reclamaciones", así como a la existencia de un "número mayor" de ciudadanos que por su situación económica derivada del desempleo "se encuentra dentro del marco de los potenciales beneficiarios del servicio -ingresos por unidad familiar inferiores a 14.900 euros-", ha observado Nieto en rueda de prensa en Ávila.
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Tribunal Supremo Sala 1ª, S 23-2-2010, nº 64/2010, rec. 370/2006. Pte: Xiol Ríos, Juan Antonio
El TS declara no haber lugar a los recursos por infracción procesal y de casación confirmando la sentencia impugnada que desestimó la demanda de responsabilidad civil profesional contra el abogado y su aseguradora codemandada interpuesta por los actores, quienes habían encargado a aquél la recuperación de unas parcelas sujetas a un complejo procedimiento de reparcelación. Considera que no ha quedado probado que el abogado actuara de forma negligente en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales, respondiendo la no consecución de las pretensiones de aquéllos no a omisiones o errores del abogado sino a circunstancias objetivas relacionadas con la dificultad de la identificación de las fincas que se reclamaban y con la complejidad de dicho procedimiento.
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Tribunal Supremo Sala 1ª, S 16-2-2010, nº 86/2010, rec. 120/2007. Pte: O'Callaghan Muñoz, Xavier
El TS declara no haber lugar al rec. de casación confirmando la sentencia impugnada que absolvió al demandado de haber vulnerado el derecho al honor del actor, considerando que las expresiones publicadas hay que encuadrarlas dentro del contexto político en el que se producen por tratarse las partes de personajes dedicados a la vida política y sometidos a la crítica de sus actuaciones públicas, y aunque contengan dichas expresiones fuertes descalificaciones están amparadas en el derechos a la libertad de información y expresión del demandado.
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Tribunal Supremo Sala 1ª, S 17-2-2010, nº 62/2010, rec. 2551/2005. Pte: Ferrándiz Gabriel, José Ramón
El TS declara no haber lugar al rec. de casación -en la que se pretendía por la aseguradora la devolución por la transportista de la cantidad abonada a su asegurada cargadora- . Confirma la Sala la sentencia impugnada que declaró que el daño en la máquina no se había producido en la fase estrictamente marítima del transporte, sino por haber caído dicha máquina del camión que la transportaba en el traslado intraportuario de la misma a otro buque en un puerto inglés, y que dicho daño era imputable a la demandada por haber ejecutado deficientemente las prestaciones que, al margen de las propias de su condición de consignataria de la naviera en el puerto español, había asumido frente a la cargadora, como era la de preparar los mecanismos de sujección de la máquina en el punto de origen para un transporte seguro y la de realizar su manipulación portuaria en el puerto intermedio
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Tribunal Supremo Sala 2ª, S 12-11-2009, nº 1114/2009, rec. 407/2009. Pte: Ramos Gancedo, Diego Antonio
Se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el acusado contra sentencia dictada en causa seguida al mismo por delito de violación de secretos. El TS dicta segunda sentencia por la que establece que el delito se ha cometido en grado de tentativa que se produce en los casos en que los medios utilizados, "objetivamente" valorados "ex ante" y conforme a la experiencia general, son abstracta y racionalmente aptos para ocasionar el resultado típico. Esto es lo que sucede en el caso actual, en el que la intervención penal se justifica plenamente porque el autor ha decidido vulnerar el bien jurídico tutelado, a través de una acción inserta en la órbita del tipo y utilizando un medio generalmente idóneo, aún cuando no lo haya sido en el caso concreto.
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Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 2ª, S 9-12-2009, rec. 4146/2004. Pte: Frias Ponce, Emilio
Acuerda el TS estimar el recurso de casación interpuesto contra sentencia del TSJ del País Vasco, la cual casa y anula. La recurrente - Diputación Foral de Bizkaia - aduce un único motivo de casación, consistente en la infracción de la disp. adic. 16ª de la Ley 30/92, añadida la Ley 4/1999, así como de la disp. adic. 1ª de la Ley jurisdiccional 29/1998, respecto a los arts. 1, 1, 2 y 3 a) de la misma, ello en relación con los arts. 46,1 y 69 e). La Sala falla a favor de la Diputación actora por considerar que, sólo son Administración Pública las Juntas Generales en actos y disposiciones en materia de personal y de gestión patrimonial pero no cuando actúan en base a su potestad normativa en materia tributaria. Añade que, la CE reconoce las peculiaridades históricas que por razón del territorio se dan en ciertas áreas geográficas y así lo establece en su disp. adic. 1ª en relación a los Territorios Históricos del País Vasco y a Navarra, lo que deriva en el establecimiento de un sistema de financiación peculiar que los singulariza respecto al resto de CCAA.
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Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 4ª, S 2-2-2010, rec. 214/2008. Pte: Martí García, Antonio
Inadmite el TS el recurso de casación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación de la TGSS, contra sentencia dictada sobre derivación de responsabilidad de cuotas de la Seguridad Social. Declara la Sala, entre otros pronunciamientos, que es doctrina reiterada la de que es irrelevante que lo impugnado sean las liquidaciones por parte del deudor inicial o el requerimiento de pago efectuado al responsable solidario o subsidiario, con los correspondientes recargos, ya que si no fuera así se produciría injustificadamente un diferente trato procesal en función de un dato por completo ajeno al propósito perseguido por la normativa legal delimitadora del ámbito del recurso de casación por razón de la cuantía litigiosa, como sería que el recurrente fuera el sujeto pasivo o deudor principal o un tercero responsable solidaria o subsidiariamente de la deuda reclamada.
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Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 7ª, S 4-2-2010, rec. 1495/2009. Pte: González Rivas, Juan José
El TS estima el recurso de casación interpuesto por la TGSS contra los Autos que reconocieron la extensión de efectos de la sentencia, en cuanto reconocieron el derecho del solicitante a percibir el complemento de productividad, clave 1.3, desde el 18 mayo 2001, y en su lugar, procede reconocer su derecho a percibir el complemento de productividad, clave 1.3, desde el 18 mayo 2002, declarando prescritas las cantidades correspondientes a los períodos anteriores a dicha fecha, excluyendo los meses en que ya lo ha percibido.
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Tribunal Supremo Sala 4ª, S 21-1-2010, rec. 1500/2009. Pte: Samper Juan, Joaquín
Estima el TS el recurso de casación para la unificación de doctrina formulado por el centro comercial demandado contra sentencia que acogió la pretensión del trabajador accionante sobre reingreso tras excedencia voluntaria. Señala la Sala que cuando el actor solicitó el reingreso no existía vacante de su categoría, habiendo quedado acreditado que el puesto de trabajo que desempeñaba no ha sido conservado o reservado para él, sino que fue, en parte, cubierto con la contratación de las dos trabajadoras a tiempo parcial para realizar el trabajo ordinario del actor, y en parte, amortizado, al haber reasignado a los tres profesionales coordinadores que existen en la sección, las labores de coordinación que el actor compatibilizaba con su trabajo ordinario
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Tribunal Supremo Sala 4ª, S 2-12-2009, rec. 393/2009. Pte: Fuentes López, Víctor
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por los trabajadores demandantes frente a sentencia que, revocando la de instancia, rechazó su pretensión de percibir las cantidades postuladas, en concepto de atrasos, para la pensión de jubilación derivada de su cotización al régimen de previsión social de médicos de asistencia médico-farmacéutica y aseguradoras de accidentes de trabajo -AMFAT-. La Sala declara el derecho de los actores a percibir la pensión de jubilación pese a haberse jubilado con posterioridad a 1 enero 2000 -fecha de entrada en vigor de la disp. adic. 18ª Ley 55/1999 de 30 de diciembre que declaró extinguido el mencionado régimen- y ello a pesar de que la Administración del Estado no haya cumplido el encargo del legislador de determinación reglamentaria de los derechos prestacionales de los médicos encuadrados en el régimen de previsión AMFAT pues el incumplimiento de este encargo, tratándose como se trataba de un régimen sustitutorio de la Seguridad Social, no permite considerar la pérdida de los derechos de los asegurados, sino su subsistencia, hasta tanto no se produzca su modulación por vía reglamentaria.
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